El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) es exigible a todo vehículo que circule por el territorio colombiano. Es la cobertura más conocida del país y, al mismo tiempo, una de las peor entendidas: la mayoría de los conductores da por hecho que protege el vehículo, y no es así.
Qué sí cubre el SOAT
El SOAT ampara a las personas afectadas en un accidente de tránsito —conductor, ocupantes y peatones— sin importar quién tuvo la culpa. Sus amparos son:
- Atención médica, quirúrgica y hospitalaria derivada del accidente.
- Indemnización por incapacidad permanente.
- Indemnización por muerte.
- Gastos funerarios.
- Gastos de transporte y movilización de las víctimas hasta el centro asistencial.
Los topes de cada amparo se expresan en salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), de modo que se actualizan automáticamente cada año.
Qué no cubre
Aquí está el punto ciego. El SOAT no responde por los daños materiales: ni los de tu vehículo, ni los del otro vehículo, ni los de un poste, una fachada o cualquier otro bien afectado. Tampoco cubre los perjuicios que un tercero pueda reclamarte más allá de los amparos de personas.
Qué necesitas además
Para cerrar ese vacío existen las pólizas voluntarias:
- Responsabilidad civil extracontractual: responde por los daños que le causes a terceros, tanto materiales como personales, por encima de lo que paga el SOAT.
- Todo riesgo: suma la protección de tu propio vehículo —choque, hurto, incendio— y suele incluir asistencias como grúa, conductor elegido y carro de reemplazo.
El SOAT es el piso, no el techo. Si quieres revisar qué cobertura adicional tiene sentido para tu caso, escríbenos y lo miramos juntos.